Ponencia: Política y Economía en el México Actual

Por: Javier Peña Ramos

VIII cuatr. Lic. en Derecho

CONSTITUCIÓN (ciencia política), ley fundamental, escrita o no, de un Estado soberano, establecida o aceptada como guía para su gobernación. La Constitución fjija los límites y define las relaciones ente los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial del Estado, estableciendo así las bases para su gobierno, también garantiza al pueblo determinados derechos.

Las constituciones pueden clasificarse mediante varios criterios: si están protegidas contra enmiendas (constituciones blindadas), si presentan una clara separación de poderes, si las disposiciones pueden ponerse en vigor mediante revisión de la actuación del ejecutivo o del legislativo, si establecen un Estado unitario o federado, etcétera. Las constituciones escritas están asociadas históricamente al liberalismo político y a la ilustración. Liberalismo, doctrinario económico, político y hasta filosófico que aboga como premisa principal por el desarrollo de la libertad personal individual y, a partir de ésta, por el progreso de la sociedad. Hoy en día, se considera que el objetivo político del neoliberalismo es la democracia. Muchos estados autoritarios y totalitarios poseen unas elaboradas constituciones, pero, en la práctica, no tienen vigor para ser respetadas por el gobierno en el poder, que siempre puede no acatarlas, suspenderlas o invalidarlas. No es el caso del mexicano. Pero, en el pasado muchos liberales consideraban este sistema de gobierno como algo poco saludable por alentar la participación de las masas en la vida política. A pesar de ello, el liberalismo acabó por confundirse con los movimientos que pretendían transformar el orden social existente mediante la profundización de la democracia. Debe distinguirse pues, entre el liberalismo que propugna el cambio social en forma gradual y flexible, y el radicalismo, que considera el cambio social como algo fundamental que debe realizarse a través de distintos principios de autoridad.

ESTADO

Estado, denominación que reciben las entidades políticas soberanas sobre un determinado territorio, su conjunto de organizaciones de gobierno y, por extensión, su propio territorio.

La característica distintiva del Estado moderno es la soberanía, reconocimiento efectivo, tanto dentro del propio Estado como por parte de los demás, de que su autoridad gubernativa es suprema. En los estados federales, este principio se ve modificado en el sentido de que ciertos derechos y autoridades de las entidades federadas, como los länder en Alemania, los estados en Estados Unidos, Venezuela, Brasil o México, no son delegados por un gobierno federal central, sino que se derivan de una constitución. El gobierno federal, sin embargo, está reconocido como soberano a escala internacional.

  PODER LEGISLATIVO

Poder legislativo, una de las tres facultades y funciones primordiales del Estado – las otras dos son el ejercicio del poder ejecutivo y del poder judicial – y que, según la teoría del Constitucionalismo Moderno, consiste en redactar, reformar y derogar las leyes. Tal concepción, se cimienta en las apreciaciones y doctrinas que acerca del Estado de Derecho liberal realizaron durante el siglo XVIII los principales pensadores del llamado Siglo de las Luces. Sus formulaciones más acabadas fueron las expuestas por Charles-Louis de Montesquieu y John Locke. Para comprender el alcance del concepto “poder legislativo” es preciso situarlo en el contexto del que emerge, que no es otro que la doctrina de la separación de poderes. Cada uno de los tres poderes que configuran el Estado de Derecho es atribuido, según la doctrina clásica, a titulares diversos: gobierno o rey (ejecutivo), tribunales (judicial) y parlamento (legislativo), y a cada uno se le encomiendan funciones distintas. El Legislativo, como tal, tiene función fundamental, la legislativa. Este hecho supuso que el Parlamento se erigiera en el depositario de la voluntad y de la soberanía nacionales, extendiéndose así el principio de legitimidad democrática y configurándose como la institución central del Estado – superior incluso, a los poderes ejecutivo y judicial, aunque con la necesaria coordinación y equilibrio entre ellos- El legislativo, es el resultado de un acto directo del sujeto de la soberanía, el pueblo. En esa función de representación, se halla legitimada su otra función característica, la legisladora. La función legisladora es la propia del Legislativo en todo Estado de Derecho moderno y le corresponde, al menos en el origen de la teoría clásica, como competencia exclusiva. El Legislativo no gobierna, ni juzga, sino que posee el monopolio formal y material de tomar decisiones políticas encaminadas a formular las leyes.

Tanto el monopolio legislativo como el principio de representatividad, que la teoría clásica otorgaba al poder legislativo, se han resquebrajado a lo largo de los procesos históricos concretos de los distintos estados. La denominada “crisis actual del Legislativo”, se ha concretado en la paulatina reducción de importancia institucional del legislativo, a favor de los poderes ejecutivo y judicial. Los parlamentos actuales, ya no adoptan en exclusiva las decisiones políticas que el ejercicio del poder legislativo implica a través de los últimos años, y de forma constante, el poder ejecutivo debió haber ido ganando terreno al poder legislativo a través de los siguientes mecanismos: recurso constante y creciente a leyes de emergencia; inflación reglamentaria en el desarrollo y aplicación de las leyes, toma de la iniciativa legislativa por grupos políticos que apoyan al gobierno; control de la vida parlamentaria y de los reglamentos por ellos defendidos por parte de esos mismos grupos. Por ello, puede decirse que se ha pasado de un control específico de la acción de gobierno, de una vigilancia política, a una vigilancia legislativa.

El poder legislativo, también va ir perdiendo, en cierto modo, la representatividad; con sus firmes disciplinas internas y su relación directa con el electorado, los partidos políticos han minimizado la función representativa del Legislativo; los proceso electorales, ya no serán más elección de gobierno, sino elección de legisladores. Por desgracia, y por cuestiones meramente políticas, se toman decisiones que afectan al ciudadano común y corriente, que en este contexto político no entiende nada, ni desea saber de partidos, solamente de economía propia. Es por eso que nosotros como estudiantes de una carrera universitaria, estamos obligados a ir cultivando política, económica y socialmente a nuestros descendientes, para ir formando hombres concientes de las necesidades que en todos los sentidos adolece nuestro país, para que el día de mañana no sean sorprendidos por candidatos de partidos que siempre han filosofado en campañas y que en el momento de actuar, solamente se aprovechan de sus curules par provecho de ellos y sus familiares como lo hemos vivido a lo largo de nuestra historia.


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NO. 17