La participación del suscrito dentro de la mesa redonda: “ LA FUNCIÓN SOCIAL DE LAS PROFESIONES”, se inscribe en las siguientes líneas:
Platicaré de la función social de la licenciatura en Derecho, partiendo de la siguiente pregunta: ¿Cuánto tiempo dura un juicio ordinario, según las disposiciones procesales del estado de Jalisco?
Para ello, describiré los términos dentro de dicho juicio:
1.- Los decretos y los autos deben dictarse a los 3 días.
2.- Las notificaciones dentro de 7 días
3.- Contestación de demanda a los 8 días.
4.- Contestación de reconvención a los 8 días.
5.- Audiencia conciliatoria a los15 días
6.- Ofrecimiento de Pruebas a los 10 días
7.- Desahogo de Pruebas a los 45 días
8.- Alegatos a los 5 días
9.- Sentencia a los 30 días
10.- Formulación de apelación a los 10 días
La respuesta a la pregunta planteada es 141 días hábiles.
En otras palabras, al hablar de un juicio en el estado de Jalisco, el término mínimo es de un año. Entonces, el abogado sujeta a su cliente a un juicio dentro de este término. Ejemplifico: un hombre o una mujer se quieren divorciar a través del divorcio necesario, urgentemente recurren al abogado, se formula la demanda y se inicia el juicio. ¿Cuánto va a durar éste?. Cuando le pregunte el cliente, el abogado contestará: un año –pues si dice la verdad, el cliente cambia de abogado. Entonces contestará: de dos a tres meses y le cobra tanto. Terminando los tres meses, los afectados se ven envueltos en que el juicio tarda un año.
Esto, evidentemente, es el aspecto negativo de una profesión, ya que para iniciar el juicio, el abogado necesita utilizar determinados argumentos, no reales, creados por el propio sistema legal, y ¿qué sucede con el cliente? Pasan días, meses y, probablemente, los afectados se reconcilien o por la demora olviden el juicio. El problema social no fue resuelto.
En este orden de ideas, es necesario abordar un punto distinto, pero no quiero pasar por alto, lo siguiente: el Doctor Héctor Fix–Zamudio, en su obra ENSAYOS SOBRE EL DERECHO DE AMPARO, describe la Patología Jurídica , y narra, a través de una analogía con los hospitales, que quienes asisten a este lugar evidentemente son los enfermos, ya que patológicamente su salud se encuentra alterada, y equipara, entonces, un juzgado con un hospital, estableciendo que el juez es un doctor jurídico y, por tanto quienes asisten al juzgado son “los enfermos jurídicamente…” El Dr. Zamudio señala que, “…un buen doctor es aquel que con un tratamiento evita la cirugía”; entonces, un buen abogado, es aquel que evita el juicio, porque no permite la cirugía.
Sin duda, esto, los abogados no lo entendemos, porque todo lo resolvemos en el juzgado. Entonces, esta clase de abogados están ‘enfermos' -respuesta que aquí dejo para que cada uno de los presentes reflexione y la conteste para sí mismo.
He planteado dos cuestionamientos: el primero sobre los términos y el segundo sobre la patología jurídica; sin embargo trataré de explicar la causa de estos dos problemas. Quizá existan asistentes que no estén de acuerdo con el suscrito, pero lo describiré:
Esta, tan hermosísima carrera que es la Licenciatura de Derecho, donde su origen y objetivo fundamental es el estudio profundo de las normas jurídicas, ha desaparecido, ya que ahora, encuentra su razón de ser en que el alumno asista lo más pronto posible a un juzgado o a un despacho e inicie elaborando y contestando demandas, para poder ‘ser práctico' y surgen obsoletos pensamientos que señalan que la teoría es una cosa y la práctica es otra, ideas que el suscrito ha escuchado de innumerables docentes.
Qué pena que se limite a una profesión tan grande a este único aspecto, que es hacer y contestar demandas y considerar que si se va al juzgado, se será el mejor abogado. Por ello, convoco a los docentes a reflexionar sobre el hecho de que una de las principales funciones de nuestra profesión, es pedir que el alumno vaya a la biblioteca a estudiar, pero, a estudiar muchísimo, ya que esta profesión necesitará maestros y escritores de libros en materia jurídica, y sólo serán los alumnos quienes lo realicen. Qué pena me da encontrar, muchas veces, alumnos muy brillantes en los juzgados cociendo expedientes uno tras otro y aprendiendo nada en absoluto, por la equivoca idea de algunos maestros.
Los estudiantes, los egresados, al juzgado deben de llegar con la idea de ocupar el puesto de juez o magistrado, ya que su preparación se los demandará, por ello no debe existir prisa alguna, ni presión para que vayan antes de tiempo.
Concluiré esta breve intervención, resaltando lo realizado por: José María Lozada, quien fue miembro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en 1873, y posteriormente, de 1888 a 1893 y el trabajo desarrollado por Ignacio Luis Vallarta, quien desempeñó con excepcional brillantez, el cargo de presidente de la propia Suprema Corte de Justicia, durante los años de 1877 a 1882, de tal manera que, no obstante la diferencia ostensible de duración en funciones, su labor ha sido comparada con la de John Marsahall, presidente de la Suprema Corte Federal de Estados Unidos, durante más de treinta años, (1801-1835)
Sin duda, todos sabemos que Ignacio Luis Vallarta, tiene en la actualidad una escultura en la explanada del palacio Municipal en nuestra ciudad; que es originario de Guadalajara, Jalisco y que es Licenciado en Derecho, pero quisiera compartirles que, al analizar a esta personalidad, solamente puedo explicar su grandeza como abogado, por una sola razón: él profundo amor que le tenía a las normas jurídicas, esto lo llevó al análisis de ellas, primero a estudiarlas y posteriormente a desenvolver sus teorías, hoy plasmadas en el juicio de amparo y que son vigentes en la actualidad.
Este es tan sólo un antecedente para nuestros alumnos, a quienes no hay que limitar sino enseñarles la grandeza de esta profesión y la importancia de su desenvolvimiento dentro de la sociedad.
A manera de conclusión y en búsqueda de respuestas indico lo siguiente:
He asistido en estas aulas a dos conferencias sobre la transdisciplinariedad. En la última pregunté, si el modelo educativo cambiaría hacia esta temática, la respuesta de la Maestra en Ciencias de la Educación Ana Cecilia Espinosa Martínez, así como también la del Doctor Pascal Galvani, fue que existían algunas complejidades para ello, pero que evidentemente sí cambiaría el modelo educativo actual por el de la Transdisciplinariedad. Es indiscutible que cuando se pretende establecer un nuevo modelo, se deben de tomar en cuenta diversos factores, como lo son los docentes y su proceso de enseñanza, los alumnos y su proceso de aprendizaje, el personal administrativo y su proceso facilitador para docentes y alumnos; pero sobre todo: la currícula de la carrera, que resulta ser la más afectada por el modelo educativo, ya que ella establecerá los términos, forma y condiciones para el desarrollo exitoso de los egresados. Por eso, aprovecho esta oportunidad para solicitar a las autoridades de esta Universidad, que el nuevo modelo educativo que se pretende implantar permita a la Licenciatura en Derecho, profundizar en el amor a las normas jurídicas, y encontrar la vinculación con el medio que conduzca al estudiante a un desarrollo amplísimo, que lo lleve a la cúspide, en la búsqueda de la identidad profesional y la trascendencia social.
Muchas Gracias. G
Ponentes del XII Evento de Mesas Redondas.
FUENTES CONSULTADAS:
Fix–Zamudio, Héctor. Ensayos sobre el derecho de amparo. Porrúa. México.
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